Divorcios

Compensación Económica y Liquidación de Sociedad Conyugal.

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Jueves 27 de enero de 2022

Para divorciarte en Chile deben transcurrir uno o tres años desde el cese de la convivencia, dependiendo si ambos cónyuges quieren el divorcio o sólo uno de ellos, dando lugar al Divorcio de Común Acuerdo o al Divorcio Unilateral respectivamente, debiendo en el primer caso, presentar ambos cónyuges con la asesoría de un abogado, un acuerdo que regule las relaciones mutuas y respecto de los hijos.

En caso de violación grave a los deberes y obligaciones del matrimonio, como infidelidad, alcoholismo o drogadicción, entre ellas, no es necesario que transcurra un plazo para pedir el Divorcio Culposo, el que puede ejercerse en cualquier tiempo, presentando antecedentes que prueben la causal invocada.

También es posible que exista por parte de uno de los cónyuges derecho a Compensación Económica, la que será procedente y determinada evaluando diversas circunstancias de índole principalmente socioeconómica.

Así también, en caso de divorcio de dos personas casadas bajo régimen de Sociedad Conyugal, todos los bienes que se hayan comprado durante el matrimonio deben distribuirse, ya sea por instrumento público o ante la justicia arbitral.


Abogados & Propiedades entrega asesoría y representación en este proceso, tanto en la solicitud o demanda de divorcio, como en los acuerdos de familia y como en los alcances económicos y patrimoniales a que pudiera dar lugar dicho divorcio.