Posesión Efectiva

El fallecimiento de una persona es un hecho que además de ser doloroso para los familiares produce consecuencias jurídicas que, en ocasiones, enfrenta a los herederos entre sí debido al desconocimiento que existe en cuanto al distribución de los bienes que componen la herencia.

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Miércoles 15 de diciembre de 2021

Al morir una persona el ordenamiento jurídico chileno regula dos eventos: Que el causante fallecido haya dejado testamento, o que no lo haya hecho.

En ambos casos, es necesario realizar el trámite de la Posesión Efectiva, la que deberá ser ante Juzgados Civiles o el Registro Civil dependiendo de la existencia o no de Testamento respectivamente.

Por consiguiente, la Posesión Efectiva de la Herencia es una Resolución de los Tribunales de Justicia o del Servicio de Registro Civil e Identificación que declara herederos (de bienes, derechos y obligaciones) a quienes acreditan el vínculo de parentesco o de matrimonio con la persona fallecida.

Este trámite adquiere relevancia al momento de ejercer los derechos y obligaciones que se han heredado, siendo necesaria para disponer de los bienes muebles o inmuebles que compongan dicho patrimonio. 


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